Nuevo plan de Igualdad Laboral obligatorio en 2022 para empresas con más de 50 trabajadores.
A partir del 7 de marzo de 2022 el nuevo plan de igualdad laboral será obligatorio para aquellas empresas que se compongan de un número superior a 50 trabajadores.
En los últimos años se han dado importantes avances respecto a las normativas encaminadas a conseguir la igualdad en las empresas. Aunque en las empresas de más de 250 trabajadores el plan de igualdad ya existía de forma obligatoria. En el año 2021 se implemento que estas fueran obligatorias para las empresas publicas y privadas de mas de 150 trabajadores. Finalmente, en marzo de 2022 se implementará esta nueva medida en las empresas con más de 50 trabajadores.
Las empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad incorporado a un registro público. La inspección de trabajo se encuentra en alerta ante el incumplimiento de esta nueva normativa que puede llevar a importantes sanciones económicas en función a la gravedad de la falta.
¿Qué es un plan para la Igualdad?
El nuevo Plan de Igualdad laboral podría considerarse un conjunto de medidas que tiene como objetivo alcanzar en las empresas la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres y con ello excluir la discriminación por razón de sexo.
La implantación de esta normativa en el ámbito laboral permite afianzar la igualdad en las relaciones laborales y en todos los ámbitos, y todas ellas se encuentran dirigidas a lograr una igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
¿Quién tiene que negociar un plan de Igualdad?
La Ley señala que deben ser los representantes de la empresa y la representación legal de los propios trabajadores quienes negocien las medidas a aplicar, y con ello sus formas y acuerden un plan de actuación. En aquellas empresas en las que no exista representación sindical alguna, la empresa deberá dirigirse a los sindicatos que sean más representativos de su actividad para negociar con una delegación de estas y llegar a un acuerdo a implementar.
¿Qué puntos debe incluir al menos un plan de Igualdad?
El acuerdo del nuevo Plan de Igualdad laboral deberá incluir a qué personas afecta, en cuales territorios y cual será su período de vigencia. En primer lugar, el núcleo del plan deberá incluir en primer lugar, una minuciosa valoración de los puestos de trabajo, en segundo lugar; se llevará a cabo un registro salarial y por último una auditoría salarial.
La normativa exige al mismo tiempo la creación de una comisión de seguimiento que evalúe que las medidas se están llevando a cabo y se están aplicando de forma correcta. Además, deberá solucionar los problemas de interpretación que puedan surgir durante su legislatura.
¿Cómo realizar la valoración de los puestos de trabajo?
La parte más importante para realizar de forma correcta del nuevo plan de igualdad es realizar una valoración de los puestos de trabajo. Será de vital importancia revisar que se están comparando puestos que tienen un igual valor para poder comprobar que se da la existencia o no de desigualdad de trato o retribución salarial.
Cuestiones a tener en cuenta en el área del personal.
- El lenguaje que se aplique en las ofertas de empleo deberá ser revisado para eliminar el tono sexista.
- Eliminación de preguntas sobre el estado civil del trabajador, así como número de hijos, matrimonio, datos de tipo familiar, estatura o peso.
- Las contrataciones de ambos sexos deben ser similares en porcentaje, salvo falta de candidatos a las ofertas de empleo.
- El área de Recursos Humanos se encargará de la formación en igualdad o violencia de genero.
En el ámbito de la conciliación laboral.
- Corresponsabilidad de hombres y mujeres para lograr una conciliación lo más justa posible.
- Promover servicios de apoyo a la conciliación laboral de los trabajadores.
- Promulgar campañas de sensibilización.
Área de clasificación profesional y formación.
- Participación igualitaria de hombres y mujeres en cursos de formación en actividades masculinizadas y viceversa.
- Realizar un plan de formación anual donde queden reflejadas las acciones formativas especificas en igualdad.
- Formación en igualdad de oportunidad a Directivos, mandos intermedios y responsables de Recursos Humanos.
- Promociones de carácter interno
En el área de retribución.
- Se deberá garantizar el mismo salario medios entre hombres y mujeres siempre y cuando se encuentren dispuestos en la misma categoría profesional. Si hubiese diferenciación, justificar el motivo/s.
- Realizar un análisis pormenorizado de las retribuciones para detectar posibles desigualdades y ejecutar las acciones correctoras en su caso.
Cuestiones a tener en cuenta en el área de salud laboral
- Protocolo de acoso sexual y laboral actualizado, en el que conste como se previene y como se ha de actuar en caso de producirse.
- Valorar la formación en materia de prevención de riesgos laborales, como actuar en situaciones de embarazo o atención a victimas de violencia de género.
¿Qué sanciones puede imponer la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a una empresa de más de 50 trabajadores que no disponga de un Plan de Igualdad?
En enero de 2022 se calificará como muy infracción muy grave a aquella empresa de más de 50 trabajadores que no elabore y aplique el plan de igualdad o que habiéndolo realizado incumpla manifiestamente los acuerdos previstos en el mismo.
En estos casos, dependiendo siempre de la gravedad de la infracción que se determine por parte de la Inspección de Trabajo, la empresa podrá enfrentarse a multas que pueden ir desde los 7501 a 225018 euros.
De no cumplir, la empresa podrá perder las bonificaciones o beneficios que se encuentren incluidos dentro de los programas de fomento de empleo o ayudas de los fondos europeos.
Tiempo estimado de implantación del Plan de Igualdad.
En el caso de una empresa de entre 100 y 150 trabajadores el periodo estimado de implantación del plan de igualdad puede ser de unos cuatro meses.
¿Dónde se registra el Plan de Igualdad?
Los planes de igualdad deberán inscribirse en el Registro de Planes de igualdad, cuya inscripción permitirá el acceso público a dicho contenido. La inscripción de los planes de igualdad de ámbito estatal corresponderá al Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, mientras que los planes de igualdad de ámbito de comunidad, en este caso corresponderá a la autoridad autonómica competente.
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