

Estos son los cargos de los que tendrán que hacerse cargo los empresarios autónomos en 2022.
Obligaciones y cargos fiscales autónomos. Las obligaciones fiscales y deducciones que deberán asumir los autónomos este año tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 llevan consigo una serie de novedades fiscales que afectan a empresarios, trabajadores y autónomos desde el 1 de enero de 2022.
Obligaciones y cargos fiscales autónomos. Los trabajadores por cuenta propia deberán asumir una serie de obligaciones para poder desarrollar su actividad legalmente. Asimismo; aquellos gastos derivados propiamente del ejercicio empresarial podrán desgravarse en la declaración de la renta.
Novedades fiscales y deducciones para empresarios y autónomos.
En primer lugar, las nuevas obligaciones y cargos fiscales autónomos, supondrá que la cuota de los autónomos se ha visto aumentada; así pues, la cuota mínima pasa de 286 a 294 euros. Por su parte, la cuota mínima de los autónomos societarios, que tengan más de 10 trabajadores a su cargo aumenta a 377,87 euros.
Impulso a la creación de nuevas empresas.
En el Impuesto de Sociedades, con el fin de favorecer la creación de nuevas empresas, baja la tributación al mínimo, un 10%. Con ello, el IRPF amplía el límite máximo de la exención de la retribución en especie significativamente y pasa de 12000 a 50000 euros. Además, la inversión en las nuevas empresas tiene una deducción del 50% frente al 30% que tenía, con ello se pretende apoyar a los nuevos emprendedores y fidelizar su ingenio.
Cooperación con las madres autónomas.
Las madres autónomas con hijos a su cargo que sean menores a tres años de edad y que estén dadas de alta en el RETA, tienen la posibilidad de descontar hasta un total de 1200 euros en la cuota del IRPF al año; y además podrán deducir 1000 euros más en concepto de cheque guardería.
Ayudas procedentes del ICO.
El instituto de Crédito oficial (ICO) realizará el aporte de fondos a aquellas entidades de crédito que estén adheridas a las distintas líneas del mismo, este organismo será responsable de tramitar, estudiar y aprobar dichas ayudas a los autónomos y pymes que así lo soliciten, entre las que se pueden encontrar subvenciones para emprendedores que necesiten financiar nuevos proyectos de inversión y que le aporten la liquidez necesaria para poder llevarlo a cabo el proceso.
Así quedarán las cotizaciones para los autónomos en 2022.
Obligaciones y cargos fiscales autónomos. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para la cotización del trabajador autónomo:
- Cotización por Contingencias Comunes: 28,30%
- Cotización por Contingencias Profesionales: 1,30%
- Por cese en la actividad: 0,9%
- Por formación profesional: 0,1%
En otra parte, las bases de cotización aplicables con carácter general serían:
- La base mínima de cotización que pasa de 9544,40 euros a 960,60 euros al mes.
- La base máxima de cotización que pasa de 4070,10 euros a 4139,40 euros al mes.
Cuando se cotice por la base mínima (960,60 euros), será entonces cuando los autónomos tendrán que pagar 294 euros mensuales.
En el caso de que se cotice en razón de la base máxima (4139,40 euros). entonces tendrán que abonar 1266,66 euros al mes.
Los autónomos societarios o trabajadores por cuenta ajena con más de diez empleados a su cargo también aumenta la base mínima de cotización en 2022.
Si el autónomo societario cotiza por la base mínima, tendrá que abonbar un total de 1234,80 euros, lo que supone a efectos prácticos una cuota mensual de 377,87 euros, por lo que aumenta en un total de 6,36 euros respecto al pasado año 2021.
Para los autónomos menores de 47 años la base de cotización será la elegida por ellos mismos, pero siempre dentro de los límites representativos en la tabla de bases mínimas y máximas.
Cuota de autónomos mayores de 47 años en 2022.
El importe de las bases de cotización condiciona en gran medida las prestaciones que se deban recibir en caso de jubilación, por lo que para incrementar su pensión , a partir de los 47 años, gran parte de los autónomos deciden aumentar sus bases de cotización.
A partir del 1 de enero de 2022 los autónomos que ya tengan cumplidos los 48 años, tendrán la opción de optar por elegir una base de cotización entre 1035,90 euros y 2113,20 euros al mes.
En caso de que el autónomo haya fallecido y su cónyuge se encuentre al frente del negocio estando dada de alta y tenga 45 años o más, podrá optar a una base de cotización de entre 960,60 euros y 2113,20 euros mensuales.
Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio, si están dedicados a trabajar en mercados tradicionales y su horario laboral no supera las 8 horas diarias podrán elegir cotizar por una base de 960,60 euros mensuales u otra de 528,30 euros al mes.
Aquellos que hayan tenido contratado a su servicio de forma simultánea un número de empleados por cuenta ajena igual o superior a 10, su base de cotización mínima será la fijada en 1234,80 euros mensuales.
En 2023 entrará la propuesta de cotización por ingresos reales.
La aplicación de esta medida se realizará de forma gradual a partir del próximo año 2023.
El Gobierno aspira a fijar 13 tramos distintos con cuotas diferentes que van desde 183 euros para aquellos autónomos que menos ganen hasta los 1266 euros para aquellos que ganen más dinero.
Cada uno de los tramos tendrá impuesta una cuota según los ingresos que reciba.
El primer tramo estará dirigido a aquellos autónomos que poseen rentas inferiores de 600 euros mensuales, mientras que el tramo de ingresos más elevado se reserva a aquellos cuyos ingresos superen los 4050 euros al mes.
Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar hasta un total de seis veces a lo largo del año los tramos en que se sitúan con el objeto de adaptarse a la evolución de sus ingresos.
¿Qué puedo hacer si me han cobrado una cuota que no me pertenece? Como reclamar su devolución.
Si te has dado de baja a mitad de mes o te han cobrado más de lo debido, para solicitar su devolución es muy sencillo, tendrás que acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, una vez dentro en la pestaña de ciudadanos, y después en la pestaña Recaudaión.
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